Los accidentes laborales se encuentran regulados en el artículo 184 del código del trabajo en virtud del cual se obliga al empleador a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para proteger la salud eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando los posibles riesgos y manteniendo las condiciones de salud adecuadas de higiene y seguridad en las faenas; como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.