Es una forma indirecta de poner término a la relación laboral, ya que el trabajador aprecia que el empleador ha incurrido en una de las causales de término de la relación laboral y decide su desvinculación, con las correspondientes indemnizaciones que correspondan. Para lo cual se encuentra regulado en el art. 171 del C. del Trabajo y hay que cumplir ciertas formalidades.